Todos los que se desempeñen una labor de forma independiente o con un contrato de trabajo deben cotizar a la Seguridad Social.
Las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social son de carácter obligatorio para todo aquel que trabaje por su cuenta o como contratista. Estas cotizaciones se consignan en el subsistema de pensiones y las mismas se deben realizar de manera mensual, de acuerdo al aporte que corresponda a través de la tramitación de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en los entes responsables.
Un trabajador independiente es aquel que trabaja por su cuenta o que no tiene un contrato formal de trabajo con alguna empresa, sino que se relaciona con ella mediante un contrato de prestación de servicios, y sus pagos se reconocen como honorarios o comisiones. He aquí algunas pautas acerca de cómo opera el sistema de pensiones para los trabajadores independientes.
¿Cómo se calcula el aporte para la pensión?
Este monto se calcula en base al 40% de los ingresos del trabajador independiente, liquidándose el 16% del valor resultante. Dicho aporte no debe ser inferior al salario mínimo mensual que es de $908.526, ni debe superar al valor de 25 salarios mínimos mensuales.
A modo de ejemplo, para un trabajador independiente que percibe cada mes $3.000.000, su base de cotización (40%) serían $1.200.000, de los que debe cotizar para pensión el 16%, esto es: $1.200.000 x 16% = $192.000.
¿En qué se diferencia el aporte entre un trabajador dependiente y un trabajador independiente?
Del 100% de lo que cotiza un trabajador dependiente, un 75% del aporte es realizado por el empleador y el 25% lo realiza el trabajador, mientras que un trabajador independiente cotiza el 100%.
De tener varios contratos, ¿cómo se debería pagar el aporte?
Si presta servicios, ya sea de forma independiente o bajo contrato, el trabajador debe cotizar a la Seguridad Social por cada uno de dichos contratos, según lo señalado anteriormente, sin que dicha cotización supere los 25 salarios mínimos mensuales.
¿Un trabajador independiente puede cotizar su pensión de forma voluntaria?
Las cotizaciones voluntarias a la pensión obligatoria pueden ser realizadas por cualquier trabajador independiente o no, que abone en un fondo privado y que busque con esto alternativas de ahorro para lograr una mejor pensión o contar con la oportunidad de acceder a una jubilación anticipada. Con estos aportes voluntarios, el trabajador asegurará su pensión.